Pregunta 22 (Continuación)
- La cuestión del estado judío. —Digamos enfáticamente que el rechazo que los adventistas hacemos de la ampliamente sostenida creencia en un divinamente prometido reino mundial futuro de judíos, no justifica el cargo que se nos hace de “prejuicio antijudío”, o de ceguera ante el hecho político del nuevo estado de Israel. Nuestra interpretación profética no implica a ninguno de estos cargos. Creemos, basándonos en las Escrituras, como ya lo hemos expresado, que los antiguos judíos perdieron su reino y el status especial como pueblo escogido de Dios (véase Mat. 21:43; compárese con Jer. 18:6-10). Sin embargo, creemos también, fundados en las Escrituras, que los judíos tienen un status igual a cualquier otro ser humano, y pueden participar igualmente de los beneficios del Evangelio de la Salvación (Rom 10:12, 13). Por lo tanto, invitamos a todos, judíos y gentiles, a prepararse con nosotros para encontrarse con el Rey que viene. Lamentamos que hasta ahora relativamente pocos judíos hayan aceptado el ofrecimiento de salvación por Cristo. Nuestra ferviente esperanza, y oramos por ello, que muchos más lo hagan en estos días finales. Nos regocijaríamos si cada judío vivo aceptara a Cristo y así tuviera una parte, con los habitantes de todas las naciones, en la tierra prometida.
La existencia del estado moderno de Israel no es una evidencia más válida de que los judíos, como nación, han de cumplir las profecías del reino en Palestina, de lo que el gobierno británico sobre ese país era una prueba de validez de la interpretación anglo israelita, la que sostiene que los pueblos anglosajones y otros semejantes constituyen el “verdadero Israel”, y por eso son los herederos del reino divinamente prometido. Y nuestra negación de ambas pretensiones no nos hace antijudíos ni antibritánicos’. No somos anti ninguna raza o pueblo del mundo. Pero creemos que el estado de Israel no puede pretender poseer señorío sobre la tierra de Palestina basándose en las promesas bíblicas. La cuestión de las meras pretensiones territoriales debe ser decidida por la ley internacional. No hay razón justificable para mezclar nuestra interpretación profética con tal problema político internacional. Debemos presentar el mensaje cristiano, y extender la simpatía cristiana y la justicia cristiana, a todos imparcialmente. No debemos permitir que nuestra teología trabe la balanza de la justicia en favor de los judíos, los cristianos, los musulmanes o los paganos.
Los adventistas creemos que la iglesia cristiana tiene la misión de enviar el “Evangelio eterno… a toda nación, tribu, lengua y pueblo”, y establecer ante ellos el elevado privilegio de la feligresía en el reino de Dios.
- Profecías que afectan la era de la iglesia. —Puesto que creemos, basándonos en el Nuevo Testamento, que la iglesia es la heredera del nuevo pacto y el reino (tal como ha sido, hagámoslo notar, la creencia de la iglesia a lo largo de todos los siglos, y que no ha sido desafiada hasta los tiempos modernos), encontramos que hay una continuidad del pacto, las promesas y las profecías en la era de la iglesia. (Después de todo, “Nuevo, Testamento” significa simplemente “nuevo pacto”). Jesús se dirigió “a los judíos primeramente”, y si lo hubieran aceptado, indudablemente habría convertido a toda la nación judía, y no solamente a un puñado de discípulos, en el núcleo, de su reino. Pero este hecho no conduce necesariamente a la conclusión de que el Sermón del Monte, la profecía de Mateo 24 y la mayor parte de las enseñanzas de Jesús, se dirigieron más bien a la nación judía antes que a la iglesia cristiana de la cual él es la piedra angular. Tomamos el Nuevo Testamento como un todo armonioso, con Evangelios, Epístolas y Apocalipsis, dirigidos a la iglesia cristiana, en la cual tanto judíos como cristianos son una sola cosa.
El nuevo pacto, primero ofrecido por los profetas de antaño en relación con las promesas del reino, tuvo como mediador a Cristo (Heb. 9:15), fue ratificado por su sangre (Heb. 13:20), está simbolizado por la Cena del Señor (Luc. 22:16), y es reiterado en varias epístolas. Así llegó a ser una realidad en la iglesia, y el reino del nuevo pacto existe ahora en su primera fase, que comúnmente es llamada “el reino de la gracia” hasta que en la segunda venida se convierta en “el reino visible de gloria”, que proseguirá después del milenio como el reino eterno establecido en la tierra nueva.
Como vemos una continuidad en el pacto, la promesa y la profecía, no consideramos la era cristiana como uña dispensación intermedia entre las dispensaciones judías pasada y futura, o como un vacío en la profecía. Por lo tanto buscamos los cumplimientos proféticos en nuestra época; y como los encontramos aquí, estamos correctamente clasificados como historicistas en la interpretación profética.
- La consumación de la profecía. — Encontramos fuertes implicaciones adicionales para la continua consideración de las profecías en las enseñanzas de Jesús. El habló a sus seguidores acerca de los acontecimientos que ocurrirían, a fin de que, cuando ocurrieran, su pueblo creyera (Juan 13:19). Cuando le preguntaron acerca de la destrucción del templo, y del, fin del mundo, o del siglo (Mat. 24:3), Jesús habló a sus discípulos acerca del comienzo de la aflicción —los falsos cristos, las guerras y las calamidades— y equiparó la “abominación desoladora” con el sitio de Jerusalén por los ejércitos, como una señal de que debían huir en busca de seguridad (Mat. 24:15. 16; compárese con Luc. 21:20, 21). Atendiendo esta advertencia (Mat. 24:16-18), los primeros cristianos escaparon y salvaron sus vidas huyendo antes de la destrucción de Jerusalén ocurrida en el año 70 DC. Jesús dijo a sus discípulos que observaran las señales de la proximidad de su venida. Todo esto indica que Jesús esperaba que estuvieran constantemente a la expectativa para captar el cumplimiento de la profecía a lo largo de toda la era cristiana. Esto está directamente en conflicto con el concepto de que no habrá cumplimientos hasta después que la iglesia sea arrebatada silenciosamente del mundo.
Además, vemos que las profecías de los reinos venideros, de Daniel 2 y 7, se han cumplido ininterrumpidamente a lo largo de la historia desde la época del imperio neobabilónico Y similarmente ha ocurrido con las setenta semanas de años (Daniel 9) que alcanzaron su culminación en el tiempo de Cristo el Mesías. Y no solamente eso, sino que también encontramos que los apóstoles aplicaban las profecías del Antiguo Testamento a la iglesia cristiana de sus propios días. Por lo tanto, no encontramos justificación para divorciar las profecías del reino, otras profecías y las enseñanzas de Cristo y los apóstoles, de la era de la iglesia. Buscamos y encontramos cumplimientos históricos durante todos los siglos. En otras palabras, somos premilenaristas historicistas.
III. Implicaciones de las profecías del reino
En esta sección se verá que la interpretación de las profecías del reino proporciona la clave, no sólo a las diferencias entre los diferentes conceptos acerca del milenio, sino también a otros factores que aparentemente no tienen relación con él.
Concepto de la iglesia acerca del reino. —Notemos primero las implicaciones de la premisa sostenida generalmente en la iglesia desde hace siglos, según la cual, cuando los judíos rechazaron a Cristo, fueron rechazados como nación, y desde entonces el verdadero pueblo elegido del pacto y la promesa —los santos, la “gente santa”— es la iglesia, integrada por todos los creyentes cristianos verdaderos, sean judíos o gentiles. (Véanse Hech. 15:13-18; 1 Ped 2:9).
Los que sostienen esta premisa como verdadera, si quieren ser consecuentes, también deberían sostener estos diez corolarios como verdaderos:
(1) Los “santos” que son perseguidos por el anticristo no constituyen la nación judía, sino que son cristianos tanto judíos como gentiles. Según esto el anticristo debería venir durante la era cristiana o “era de la iglesia”, y no después.
(2) La iglesia cristiana está presente en la tierra durante la tribulación infligida por el anticristo; de manera que no puede haber un “rapto” de los santos que ocurriría antes de esta tribulación.
(3) No hay un período futuro concedido a la nación judía como pueblo elegido de Dios; de modo que el cumplimiento de las setenta semanas no puede referirse a un período judío futuro señalado por la terminación de los sacrificios restaurados en el templo. Por lo tanto, tiene que haberse cumplido en el pasado, más exactamente, con la muerte de Cristo. Véase la pregunta 26.
(4) El futuro reino en la tierra no podría pertenecer al pueblo judío únicamente, sino a los santos cristianos, tanto judíos como gentiles, como el verdadero pueblo de Dios. De modo que el regreso de los judos modernos a Palestina no es una anticipación del reino prometido.
(5) El cumplimiento de las profecías del reino estipuladas en el Antiguo Testamento no debe esperarse en todos sus detalles literales en la iglesia cristiana o Israel espiritual, tal como habría ocurrido en el caso de los judíos antiguos si no hubieran perdido su status especial.
(6) La era de la iglesia no puede considerarse meramente como un “vacío” entre dos eras judías —un período en el cual “el reloj profético dejó de funcionar”. De modo que d be esperarse que las profecías sigan cumpliéndose a lo largo de toda la historia cristiana.
(7) El cumplimiento de lo que simboliza el “cuerno pequeño” de la cuarta bestia de Daniel, debe buscarse durante la era cristiana., y no después de un largo vacío en la profecía. De modo que no existe ninguna razón para pensar en un prolongado paréntesis entre el cuarto imperio romano y el surgimiento del cuerno pequeño.
(8) El cumplimiento de la “apostaste”, y del “hombre de pecado” que se sienta en el “templo de Dios” (2 Tes. 2:3, 4), no puede relacionarse correctamente con el templo judío; por lo tanto, debe referirse a la iglesia cristiana. Así, se refiere a una apostaste que ocurriría en la iglesia cristiana y a un anticristo que surgiría dentro de la iglesia.
(9) Las enseñanzas de Jesús acerca del “reino”, tanto como las enseñanzas del resto del Nuevo Testamento, pertenecen a la iglesia y no a los judíos (Mat. 5-7; 24; etc.).
(10) La iglesia es la heredera del nuevo pacto, bajo el cual la ley de Dios ha de ser escrita en el corazón por el Espíritu Santo. No son la ley judía nacional y la ceremonial, que expiró en la cruz; se trata de la ley morah que, como afirma la Confesión de Westminster, está “comprendida resumidamente en los Diez Mandamientos”.
La clave del concepto adventista. — Esta presentación establece la diferencia básica entre el concepto adventista historicista y premilenarista y los conceptos amilenarista, postmileniarista y premilenarista futurista. Se verá que la clave está en el concepto de la interpretación profética, y específicamente en la aproximación a las así llamadas profecías del reino.
Estamos en desacuerdo con los postmilenaristas y amilenaristas que sostienen que la profecía —cuando hablan de las profecías del reino y el milenario— es completamente figurativa. Tal interpretación priva a las predicciones de su significado específico. También estamos en desacuerdo con el punto de vista futurista, que parece implicar la acción de un decreto irrevocable en la profecía, excluir o por lo menos minimizar toda profecía condicional, y pedir cumplimiento literal para el Israel literal en el futuro si no en el pasado. Tal concepto constituye la raíz del futurismo, del pretribulacionismo y del dispensacionalismo. Los adventistas tenemos poquísimo en común con los postmilenaristas, pero ellos están en una posición media entre los amilenaristas y los futuristas, concordando parcialmente con ambos.
Los adventistas, aunque a veces se nos hace el cargo de no “dividir correctamente” entre los judíos y la iglesia, procuramos evitar los dos extremos de una interpretación excesivamente figurativa o demasiado literal, adoptando una posición que creemos está basado en una “correcta división” entre las diferentes clases de profecía. Apoyándonos en la “segura palabra profética”, negamos la definición del “decreto” y el concepto literalita de la predicción en general. Encontramos en las Escrituras que los mensajes proféticos —tales como las profecías del reino— dados originalmente en un marco local y más inmediato, se habrían cumplido parcialmente o no se habrían cumplido en su contexto original, y sin embargo podrían cumplirse o se han cumplido en un tiempo futuro, bajo circunstancias diferentes y en forma diferente. En particular, las profecías del reino concernientes a Israel pertenecen a una categoría separada de las demás predicciones de decreto o de presciencia porque estaban condicionadas a las acciones del hombre. Estas profecías implicaban alternativas de bendición prometida o de amenaza de castigo para Israel. Cuando los judíos perdieron la bendición, recibieron la otra alternativa del castigo, y hoy están esparcidos entre las naciones.
Los adventistas diferimos de los amilenaristas en que no consideramos figuradas las recompensas de Israel, y literales los castigos. Como los futuristas, sostenemos que las promesas hechas a Israel eran tan literales como las advertencias. Las promesas se habrían cumplido literalmente si los judíos, por su desobediencia, no las hubieran perdido. Sin embargo, finalmente se cumplirán en principio para el verdadero Israel, porque el fracaso del Israel antiguo como nación no podría frustrar los propósitos de Dios. En lugar de las “ramas” judías que fueron cortadas, los conversos gentiles fueron “injertados”, junto con las ramas naturales que habían aceptado al Mesías (Rom. 11:24). Así, los hijos espirituales de Abrahán, tanto judíos como gentiles, se convirtieron en “herederos según la promesa” (Gál. 3:29). No encontramos justificación para realizar aplicaciones figuradas; debemos limitar tales aplicaciones a las que nos han sido dadas por la inspiración. Cuando encontramos las profecías del Antiguo Testamento explicadas en el Nuevo, por cierto que tenemos el derecho de hacer la aplicación, porque ahí encontramos el cumplimiento final de las profecías del reino.