Bien sabemos que la eterna ley de Dios, “las diez palabras” (Exo. 34:28; Deut. 4:13; 10:4), ha sido, es y será un motivo especial de los ataques del maligno.

 Es de sumo interés seguir brevemente la historia de la forma en que surgieron movimientos o contra del Decálogo.

 Entre los judíos existió un núcleo de personas llamadas los “Minim”. Esta palabra aparece en el Talmud y en la literatura rabínica para designar, en forma despectiva, a cierto bando o sector que actuaba en la región de Galilea y que se oponía a la ley. Nos informa el Dr. LeRoy Edwin Froom que esa secta, considerada como una verdadera abominación para los judíos ortodoxos, llegó a ser tan menospreciada que se pensó que de ella vendría el Anticristo, el cual habría de nacer en Corazín. Se educaría en Beth-Saida y gobernaría en Capernaúm.[1]

 Ya dentro del período de la Iglesia Cristiana, debemos referirnos al cuarto Concilio de Laodicea (localidad de Frigia, en el Asia Menor), celebrado en el año 336, 364 ó 365 (la fecha exacta es incierta), que se expidió contra los observadores del sábado, anatematizándolos. Fue un, ataque directo dirigido contra el cuarto mandamiento del Decálogo.

 La resolución del concilio de Laodicea reza textualmente como sigue: “Los cristianos no judaizarán ni estarán ociosos el sábado sino que trabajarán en ese día; pero honrarán especialmente el día del Señor, y, por ser cristianos, si es posible, no trabajarán en ese día. Sin embargo si se los encuentra judaizando, serán apartados de la iglesia” (Karl Joseph Hefele, A History of the Councils of the Church from the Original Documents [Una historia de los concilios de la iglesia a partir de los documentos originales], tomo 2, pág. 316). [2]

El significado exacto del término “Antinomianismo”

La palabra griega nonios significa ley. Aparece 194 veces en el Nuevo Testamento. San Pablo la emplea 135 veces. En los Evangelios y en el libro de los Hechos, figura 49 veces. Santiago la usa 10 veces. No aparece en las epístolas de Pedro, Juan y Judas, ni tampoco en el Apocalipsis.

“Antinomianismo” literalmente significa “contra la ley”. Sin embargo, la palabra “antinomia” tiene el sentido de “oposición directa de dos leyes o de dos principios” en su primera acepción. En su segunda acepción, en forma figurada, significa “contrariedad de doctrinas, caracteres, etc.”. [3] Hacemos esta salvedad para evitar cualquier confusión entre los dos términos, “antinomia” y “antinomianismo”. El segundo se deriva del primero, etimológicamente tienen la misma raíz y. sin embargo, son dos cosas completamente diferentes en su esencia.

También es indispensable recordar que, históricamente, hay dos clases de antinomianismo.

1. Antes de que surgiera el movimiento adventista con todo su empeño por reparar los “portillos” abiertos en la ley de Dios (Isa. 58: 12), los que defendían la ley de Dios, dentro de las filas del protestantismo, cuando condenaban el “antinomianismo” lo hacían considerando que el domingo había tomado el lugar del sábado en el cuarto mandamiento.

Como ejemplo de pastores protestantes que lucharon en contra del “antinomianismo”, mencionaremos a Tomás Shepard (1604-1649), pastor calvinista de Cambridge, Massachusetts. Este activo predicador luchó empeñosamente en defensa de la ley de Dios. Pero, por cierto, no pasó por su mente el hecho de que el sábado había sido indebidamente eliminado del Decálogo.

El historiador Eduardo Johnson (1598 1672), que también actuó en la colonia de Massachusetts (hoy parte de Estados Unidos) participó en contiendas provocadas por el “antinomianismo”. Este escritor recibió la influencia de Shepard.

Como ejemplo de quienes fueron enemigos de la vigencia de la ley y que, por lo tanto, se embanderaron con el “antinomianismo”. mencionaremos a Guillermo Aspinwall (actuó entre 1630 y 1662). Por un tiempo luchó contra la validez de la ley y eso le valió ser privado de sus derechos civiles y fue expulsado de Boston. Posteriormente, se sometió a la autoridad eclesiástica y cambió su punto de vista.[4]

2.  A partir de los días cuando Raquel Presten convenció a algunos adventistas de la vigencia del sábado dentro de la ley inmutable de Dios, y más particularmente desde 1845. cuando el capitán José Bates comenzó activamente su campaña en pro de la observancia del sábado bíblico, el “antinomianismo” ha tomado un nuevo cariz que deberemos estudiar.  Ahora se trata, básicamente, de una lucha decidida de parte de numerosos autores protestantes que se oponen a la observancia del sábado.

Diferentes tendencias que deben distinguirse

En ese esfuerzo por eliminar la vigencia del día de reposo bíblico, se adoptan diferentes actitudes que debemos reconocer. Son las siguientes:

 1. Hay quienes enseñan que el Decálogo caducó en la cruz. En lugar del Decálogo, en la nueva dispensación, existiría un sistema llamado “la gracia”, emanada del espíritu del Evangelio.

 Algunos de los versículos empleados para sostener esta posición de “antinomianismo” extremo son los siguientes: Juan 1:17; Rom. 3:20; 6:14; 10:4; 2 Cor. 3:6-11; Gál. 2:16-21; 3:10-14, 17-19, 23-29; 4:4, 5, 10, 11; 5:1; Col. 2:16,17.

 Por estos pasajes llegan a la conclusión de que el cristiano dominado por nuevos sentimientos de amor a Dios y al prójimo, sin necesitar la tutela de la ley (considerada como un “ayo” cuya misión terminó con Cristo), naturalmente hará lo bueno guiado por el mandamiento nuevo de Cristo, “que os améis unos a otros” (Juan 13:34), renovado por la enseñanza de San Juan: “Os escribo un mandamiento nuevo” (1 Juan 2:8).

 Los seguidores de esta tendencia consideran que es lo mismo dedicar a Dios cualquier día de la semana. Para esto hacen énfasis especial en Rom. 14:5.

 2. Otros consideran que el Decálogo permanece, con excepción de la obligatoriedad de la observancia del sábado. Según esta manera de ver las cosas, el dedicar a Dios el séptimo día de la semana formaría parte de las ceremonias, ritos, sacrificios y demás liturgia del sistema mosaico. Por lo tanto, habría terminado en la cruz.

 Los que toman esta actitud generalmente observan el domingo como una tradición antigua en la Iglesia Cristiana.

 3. Finalmente, hay otros cuerpos religiosos que enseñan como obligatoria la observancia del domingo (llamado por ellos el “día del Señor”) y sostienen que hay pruebas suficientes en el Nuevo Testamento (Hech. 20:7; 1 Cor. 16:1. 2; Apoc. 1:10) para afirmar que desde los días apostólicos se consideró que el primer día de la semana es sagrado para los cristianos. También se apoyan en diversas citas que provienen de los albores de la naciente Iglesia Cristiana.

 Los voceros de estas organizaciones son los que abogan por la promulgación de las leyes dominicales.

Base bíblica de la posición adventista

Es indispensable recurrir a diversos pasajes del Nuevo Testamento a fin de probar que el Decálogo no terminó con el sacrificio de Cristo en la cruz. Vale la pena enumerarlos aunque son bien conocidos. Mat. 5:17; Luc. 16:17; 23:56; Rom. 2:13; 3:31; 7:12, 22, 23; 8:7; 1 Cor. 7:19; Efe. 6:1, 2; Sant. 2:10-12; Apoc. 12:17; 14:12.

Ley moral y ley ceremonial

Para demostrar que los adventistas no son quienes han “inventado” las expresiones “ley moral” y “ley ceremonial” (como lo afirman hoy algunos evangélicos), será necesario recurrir al testimonio de Mateo Henry, autor presbiteriano (1662-1714). En su Comentario de las Escrituras dice:

 “Pero la otra, Sara, tenía el propósito de prefigurar a Jerusalén que está arriba, o sea el estado de los cristianos bajo la nueva o mejor dispensación, o pacto, que son libres tanto de la maldición de la ley moral como del yugo de la ley ceremonial” (Comentario sobre Gál. 4: 25; tomo IX, pág. 307, de la edición de 1887).

 “Bajo el Evangelio quedamos libertados, somos puestos en un estado de libertad, por este somos liberados del yugo de la ley ceremonial y de la maldición de la ley moral; de modo que ya no quedamos más atados a la observancia de la primera ni al rigor de la otra… Debemos esta libertad a Jesucristo. Él es quien nos ha liberado; por sus méritos ha satisfecho las demandas de la ley quebrantada y por su autoridad como Rey nos ha dispensado de la obligación de aquellos ritos carnales que se imponían a los judíos” (Id., comentario sobre Gal. 5:1. pág. 308).

 “La libertad de que disfrutamos como cristianos no es una libertad licenciosa: aunque Cristo nos ha libertado de la maldición de la ley, sin embargo no nos ha librado de la obligación de ella; el Evangelio es ‘conforme a la piedad’ (1 Tim. 6:3). y está tan lejos de apoyar el pecado, que nos coloca bajo la más firme obligación de evitarlo y dominarlo” (Id., comentario sobre Gál. 5:13. pág. 313).

 “La ley moral no fue sino para el sondeo de la herida, la ley ceremonial sirvió como una sombra precursora del remedio; pero Cristo es el fin de ambas… Cristo es el fin de la ley ceremonial; es el punto final de ella, porque es su perfección. Cuando llega la realidad. Ja sombra desaparece. Los sacrificios y ofrendas, y purificaciones indicados en el Antiguo Testamento prefiguraban a Cristo y lo señalaban; y su incapacidad para quitar el pecado, hizo manifiesta la necesidad de un sacrificio que quitara el pecado al ser ofrecido una sola vez. Cristo es el fin de la ley moral en el sentido de que hizo lo que la ley no podía hacer (Cap. 8:3) y obtuvo el gran fin de ella. El fin de la ley era poner al hombre en perfecta obediencia, y así obtener la justificación. Esto ha llegado a ser imposible debido al poder del pecado y a la corrupción de la naturaleza humana; pero Cristo es el fin de la ley. La ley no es destruida ni queda frustrada la intención del Dador de la ley, sino que, habiendo sido lograda una plena satisfacción mediante la muerte de Cristo de nuestra violación de la ley, se alcanza el fin y somos colocados bajo otra forma de justificación. Cristo es así el fin de la ley para justicia, esto es, para justificación, pero solamente ‘a todo aquel que cree’. Depende de que creamos, esto es, de que aceptemos humildemente los términos del Evangelio… para que seamos justificados por la redención que es en Jesús” (Id., comentario sobre Rom. 10:4, pág. 77).

 También Juan Wesley (1703-1791) dice lo siguiente al respecto: “Nuestro Señor ciertamente vino a destruir, deshacer y abolir completamente la ley ritual o ceremonial, entregada por Moisés a los hijos de Israel, que contenía todos los requerimientos y ordenanzas relacionados con los antiguos sacrificios y el servicio del templo. De esto dan testimonio todos los apóstoles… Nuestro Señor rayó ciertamente esta ‘cédula de los ritos’, la quitó de en medio y la clavó en su cruz. Pero la ley moral, contenida en los Diez Mandamientos y puesta en vigor por los profetas, él no la anuló. No fue el propósito de su venida revocar ninguna parte de ella. Esta es una ley que nunca puede ser quebrantada, que ‘será firme para siempre, y como un testigo fiel en el cielo’ (Sal. 89:37)… Cada parte de esta ley debe permanecer en vigencia para toda la humanidad en todos los siglos (Juan Wesley, Sermons on Several Ocasions [Sermones sobre distintas ocasiones], sermón 25. tomo 1, págs. 221, 222).

 Hay otras citas, muchas de ellas tomadas del mismo Comentario, de Mateo Henry, que hería muy largo enumerar.

 En el libro Answer to Objections (Respuestas a Objeciones) del pastor Francisco D. Nichol. en el capítulo 5. titulado “The Law of God in Church Creeds” (La ley de Dios en los credos de las iglesias), entre otras, hay preciosas referencias de los valdenses, del Catecismo de Lutero, del Catecismo de Heidelberg. de la Confesión de Fe Escocesa, de la Segunda Confesión Helvética, de los Treinta y Nueve Artículos de Religión de la Iglesia de Inglaterra, del Catecismo Anglicano, de la Confesión de fe de Westminster, de la Confesión Bautista de 1688. de la Confesión Bautista de New Hampshire de 1833. de los Artículos de Religión Metodista de 1784, del Catecismo Mayor de la Iglesia Católica, Ortodoxa. Oriental de 1839 y una declaración de D. L. Moody. Todas estas declaraciones concuerdan en reconocer la vigencia del Decálogo divino.

 El libro Drama of the Ages (Drama de los Siglos) del extinto pastor W. H. Branson, en su capítulo “God’s Two Laws” (Las dos leyes de Dios), presenta varios testimonios, provenientes de diferentes iglesias protestantes, por los que se ve claramente que en esas confesiones se distinguía con claridad la diferencia que existía entre lo ceremonial y lo moral dentro de Ja voluntad de Dios expresada en su Palabra. En ese mismo capítulo, hay un testimonio muy notable de Dwight L. Moody, en su libro Weighed and Wanting (Pesado y hallado falto) donde resalta la obligatoriedad de “las diez palabras” escritas por Dios mismo como un código inmutable y perfecto.


Referencias

[1] Véase The Prophetic Faith of Our Fathers, tomo 1, pág. 584.

[2] Es útil recordar que este Concilio de Laodicea es considerado como un mero sínodo local. Sin embargo, el Concilio de Calcedonia (año 451), en su primer canon dió validez ecuménica a todos los sínodos anteriores.

[3] Enciclopedia Espasa, tomo 5, pág. 790.

[4] Esta información procede de The Prophetic Faith of Our Fathers, del Dr. LeRoy Edwin Froom, tomo 3, págs. 43, 88 y 92.