Pregunta: ¿Prueba Romanos 7:1-7 que la ley está cumplida? Con la ilustración del matrimonio, ¿quiere decir Pablo que estamos “libres de la ley,” que la ley está muerta?

¿Qué discute Pablo en este capítulo? El mismo tema general del capítulo anterior y del siguiente: el del hombre carnal, esclavo del pecado, que no puede salvarse a sí mismo y ha de hallar salvación por la gracia de Dios revelada en Jesucristo.

Pablo sienta esta premisa: “La ley se enseñorea del hombre entretanto que vive.” (Rom. 7:1.) En esta epístola muestra de varios modos que, por haber transgredido la ley de Dios, el pecador está sometido al pecado. En otras palabras, nos domina nuestra antigua naturaleza pecadora, la que describe como “el viejo hombre.” Por eso el apóstol dijo de su condición anterior: “Porque… ni lo que quiero, hago; antes lo que aborrezco, aquello hago.” (Vers. 15.) “Es… la potencia del pecado, la ley.” (1 Cor. 15:56.) Una vez que hemos transgredido la ley moral, que no puede ser revocada y exige que se juzgue al violador, no podemos obtener libertad, porque no hay facultad en nosotros para escapar al dominio del pecado.

¿Cómo escapamos pues del “viejo hombre” que nos tiene en servidumbre? Por la muerte de ese “viejo hombre,” esto es, por nuestra conversión; porque al convertirnos se crucifica nuestra naturaleza antigua. “Sabiendo esto, que nuestro viejo hombre juntamente fue crucificado con él [Cristo], para que el cuerpo del pecado sea deshecho, a fin de que no sirvamos más al pecado.” (Rom. 6:6.) Pero aquí no se trata sólo de la muerte del “viejo hombre” sino también del nacimiento de “un nuevo hombre.” “Porque somos sepultados juntamente con él a muerte por el bautismo; para que como Cristo resucitó de los muertos por la gloria del Padre, así también nosotros andemos en novedad de vida.” (Vers. 4.) Pablo se refiere a este cambio de estado del cristiano cuando dice: “No mintáis los unos a los otros, habiéndoos despojado del viejo hombre con sus hechos, y revestidnos del nuevo, el cual por el conocimiento es renovado conforme a la imagen del que lo crio.” (Col. 3:9, 10.) Por haberse despojado los seguidores de Cristo del “viejo hombre” para revestirse del “nuevo hombre,” dice que debiéramos considerarnos “muertos al pecado, mas vivos a Dios en Cristo Jesús Señor nuestro.” (Rom. 6:11.)

Para ilustrar este tránsito del dominio del pecado al régimen de la justicia, Pablo emplea la figura del matrimonio en la cual se distinguen cuatro factores principales: la mujer, su primer marido, su segundo marido y la ley del matrimonio.

“La mujer que está sujeta a marido, mientras el marido vive está obligada a la ley; mas muerto el marido, libre es de la ley del marido… Si su marido muriere, es libre de la ley i de tal manera que no será adúltera si fuese de otro marido.” (Rom. 7:2, 3.)

El primer punto y más importante de la ilustración, del cual se apresura Pablo a derivar su lección, es éste: no habla de la muerte de la ley sino de la muerte de un marido. En efecto, no habría asidero para su ilustración si la ley estuviese muerta, y toda discusión de adulterio sería irrazonable. ¿Cómo habría posibilidad de adulterio, que es transgresión de la ley de Dios, si la ley que contiene la prohibición del adulterio estuviese muerta? En un país no queda abolida la ley del matrimonio porque muera un marido. Permanece en los códigos para regir a todos los casados y a los que tengan miras de casarse.

A continuación Pablo aplica la figura a la vida del hombre que ha pasado del pecado a la justificación:

“Así también vosotros, hermanos míos, estáis muertos a la ley por el cuerpo de Cristo, para que seáis de otro, a saber, del que resucitó de los muertos, a fin de que fructifiquemos a Dios.” (Vers. 4.)

Hemos sido crucificados con Cristo; su cuerpo crucificado sustituye al nuestro. Todas las exigencias condenatorias de la ley contra nuestro “viejo hombre” se extinguen con la muerte de ese “hombre.” Estamos libres entonces de su condenación y podemos unirnos a Cristo en matrimonio. Podemos revestirnos del “nuevo hombre.”

Bien hicieron Jamieson, Fausset y Brown en destacar este pasaje en su comentario bíblico:

Somos nosotros los que estamos ‘crucificados con Cristo,’ y no la ley. Esta muerte destruye nuestra obligación de matrimonio con la ley, dejándonos en libertad de contraer una relación nueva: unirnos al Resucitado con objeto de rendir frutos espirituales para gloria de Dios… Aquí se atribuye a los creyentes una doble vida: la antigua vida de condenación por el pecado, que dejaron librada a Cristo, y la nueva vida de aceptación y santidad a la cual resucitaron con su Fiador y Jefe.”—“Commentary” Rom. 7:4.

Por esta unión fructificamos “a Dios,” mientras que cuando “estábamos en la carne, los afectos de los pecados que eran por la ley, obraban en nuestros miembros fructificando para muerte.” (Vers. 5.) En otros términos, mientras estábamos bajo el dominio del pecado los únicos frutos de nuestros actos podían ser nueva condenación y renovada certidumbre de muerte; todo porque la ley de Dios estaba en vigor contra nosotros, haciéndonos “fuertes” en el pecado.

Para evitar que sus lectores pensasen que la culpa era de la ley más bien que del hombre pecador, Pablo añade de inmediato: “¿Qué pues diremos? ¿La ley es pecado? En ninguna manera. Empero yo no conocí el pecado sino por la ley: porque tampoco conociera la concupiscencia, si la ley no dijera: No codiciarás… Porque el pecado, tomando ocasión me engañó por el mandamiento, y por él me mató.” (Vers. 7-11.) La paga del pecado—es decir, la paga por faltar a la ley—es la muerte. Por eso dice el apóstol: “El mandamiento, intimado para vida, para mí era mortal.” (Vers. 10.) Y luego, para estar doblemente seguro de que nadie descubriera en su argumento intención de descrédito para la ley de Dios, declara: “De manera que la ley a la verdad es santa, y el mandamiento santo, y justo, y bueno.” (Vers. 12.) La culpa, asegura una vez más, es del hombre pecador: “Porque sabemos que la ley es espiritual; mas yo soy carnal, vendido a sujeción del pecado.” (Vers. 14.)

Pablo toca la cima de su argumentación en los primeros versículos del capítulo siguiente al explicar que Dios “enviando a su Hijo en semejanza de carne de pecado, y a causa del pecado, condenó al pecado en la carne; para que la justicia [‘los justos requerimientos de la ley,’ V. R. S.] fuese cumplida en nosotros, que no andamos conforme a la carne, mas conforme al espíritu.” (Rom. 8:3, 4.) La muerte de Cristo hizo posible nuestra salvación, de lo cual a su vez resulta no la muerte de la ley sino la implantación de esa ley en nuestro corazón. Así podemos fructificar “a Dios.”

Volviendo ahora a la figura del matrimonio, adaptemos un poco la ilustración de Pablo y resumamos su argumento: ni la más perfecta ley matrimonial puede asegurar el éxito de un matrimonio. Mas el fracaso de un matrimonio no es razón para rechazar la ley. Todo lo que puede hacer la ley matrimonial es sentar una norma para el matrimonio. Si se la viola, se condena a los transgresores. pero la ley permanece. La dificultad no estriba en la ley, que es “espiritual,” sino en nosotros, que somos carnales, vendidos “a sujeción del pecado.” “Por cuanto la intención de la carne es enemistad contra Dios; porque no se sujeta a la ley de Dios, ni tampoco puede.” (Vers. 7.) Mientras estamos vendidos “a sujeción del pecado,” en otras palabras, esclavizados por él, nos hallamos bajo el dominio del “viejo hombre;” pero ese dominio se quebranta con la muerte del “viejo hombre” y el revestimiento con el “nuevo hombre.” En nuestro primer estado la ley nos señala con dedo acusador. En nuestra condición de redimidos la “justicia de la ley” se “cumple en nosotros,” porque la ley se halla escrita en nuestros corazones.

Pablo no podía haber sido más explícito. Y repasando todo el contexto, hallamos la única cláusula del pasaje en la cual Pablo podría aparecer enseñando la abolición de la ley. En Romanos 7:6, leemos: “Mas ahora estamos libres de la ley, habiendo muerto a aquella en la cual estábamos detenidos.” Si Pablo enseña aquí la muerte de la ley, no sólo obscurece la figura de lenguaje que ha venido usando, sino que contradice también diametralmente las literales declaraciones que ha hecho en el mismo contexto. Habló de la muerte del marido o, por aplicación de la figura, de nuestra muerte. En el versículo cuatro habla de que lleguemos a estar “muertos a la ley.” ¿Se contradice en el versículo seis, al decirnos que es la ley la que ha muerto? No queremos culpar a Pablo de tan obscuro razonamiento.

Hay dos maneras de disipar la aparente contradicción y confusión:

1. Explicando la frase: “Habiendo muerto a aquella en la cual estábamos detenidos,” como aplicada a la naturaleza pecaminosa, “el viejo hombre,” que nos dominara anteriormente. El pecado, obrando por nuestra naturaleza pecaminosa. es lo que nos “detenía.” (Véanse los vers. 24 y 25.)

2. En realidad, no es correcta la traducción de la Versión Valera que reza así: “Habiendo muerto a aquella en la cual estábamos detenidos.” Versiones posteriores tomadas de distintos manuscritos a veces más antiguos, ofrecen una traducción más consecuente con la argumentación de Pablo. Por ejemplo, la Versión Moderna vierte la frase como sigue: “Habiendo muerto a aquello en que éramos detenidos.” La Versión Hispano-Americana nos da la frase así: “Habiendo muerto para aquello en que estábamos detenidos.” Jamieson. Fausset y Brown expresan al respecto:

“Hoy se acepta universalmente que la verdadera versión es: ‘Habiendo muerto a aquello en lo cual estábamos detenidos.’ La versión citada en primer término, la de Valera, desgraciadamente no ha rendido este versículo en forma acertada y por eso está en contradicción aparente con la línea de argumentación que Pablo desarrolla, porque la muerte de que se habla, como hemos visto, no es la de la ley sino la nuestra, mediante nuestra unión con el Salvador crucificado.”—“Commentary” Rom. 7:6. “Answers to Objections,” F. D. Nichol.

La Fecha del Nacimiento de Jesús

Pregunta: ¿Es el 25 de diciembre la fecha del nacimiento de Cristo?

Respuesta: Los autores de los Evangelios no nos definen la época del año en que nació Cristo; sólo nos dicen que los pastores podían pasar la noche a la intemperie con sus rebaños. Es poco probable que pudiera ocurrir esto en los últimos días de diciembre.

“La Enciclopedia Católica” menciona el 28 de marzo, el 19 ó 20 de abril y el 20 de mayo, como fechas sostenidas por antiguos autores, y más adelante declara: “Lupi ha demostrado que no hay mes en el año que alguna autoridad respetable no haya señalado como el del nacimiento de Cristo.”—Tomo 3, pág. 724.

“Antes del siglo V no había unanimidad de opiniones en cuanto a cuándo debía situársela (a la Navidad) en el calendario; si había que hacerlo en el 6 de enero, o el 25 de marzo, o el 25 de diciembre.”—“The Encyclopedia Britannica” 11 ed., tomo 6, pág. 293.

El 25 de diciembre fue una fecha adoptada primeramente por la Iglesia Católica Occidental, en Roma, alrededor del año 336 de J. C.; y algunas autoridades declaran que fue establecida oficialmente durante el pontificado del papa Liberio entre los años 353 y 354. —“The New Schaff-Herzog Encyclopedia of Religious Knowledge” tomo 3, pág. 47. “The New International Encyclopedia” tomo 5, pág. 289. En Jerusalén se la observó el 6 de enero hasta el año 549.

“La observancia de la Navidad no es una ordenanza divina ni tiene su origen en el Nuevo Testamento… Los padres de los primeros tres siglos no hablan de ninguna observancia especial de la Navidad.”—McClintock y Strong “Cyclopedia of Biblical, Theological and Ecclesiastical Literature” tomo 2, pág. 276.

El 25 de diciembre fue celebrado como el día del nacimiento del antiguo dios sol de los persas llamado Mitra, cuya religión rivalizó con el cristianismo durante los primeros siglos de la era cristiana. —“Encyclopedia Britannica” llth ed., tomo 18, págs. 622-624. También era lafecha de la saturnalia, un día de fiesta observado por los romanos en honor del dios Saturno. —“The New Schaff-Herzog Encyclopedia of Religious Knowledge” tomo 3, pág. 48.

La adopción del 25 de diciembre como aniversario del nacimiento de Cristo fue una de las muchas concesiones que la iglesia cristiana hizo al paganismo en el curso de su historia, a fin de facilitar la entrada de los paganos. No solamente la fecha sino muchas de las prácticas relacionadas con la observancia de la saturnalia y el nacimiento de Mitra fueron aceptadas y bendecidas por la Iglesia.