I. Ideas acerca del juicio
En el Antiguo Testamento la santidad de Dios se nos hace explícita por medio de su justicia (Gén. 18: 25; Sal. 94: 2), y el señorío de Dios se hace patente en la administración de la justicia en que el juicio retributivo y la honradez en la administración del juicio se evidencian como propios de su naturaleza, de su majestad y de su santidad (Isa. 5: 16; Deut. 32:4).[1]
En el Antiguo Testamento la idea de juicio, que se explícita a partir de los verbos mishpat y din, tiene un sentido jurídico diferente al que nosotros le damos hoy, ya que el juzgar está unido a la noción de alianza. Juzgar es proceder para que la alianza perdure, y juicio, en este caso, significa para Israel salvación, victoria y liberación, que se logran por la intervención del “Supremo Juez”, quien juzga a su pueblo en el doble sentido de vindicarlos ante sus enemigos o castigarlos cuando así corresponde (Deut.32: 36; Isa. 30: 18;Jer. 30:11; Sal. 135:14; 7: 7; 9:4; 110:6)[2]
Hay cuatro aspectos generales del juicio divino que llaman nuestra atención, y que vamos a describir brevemente:
1) La justicia a la cual llamaremos administrativa es realizada por Dios, usando como intermediarios a jueces humanos. Esta justicia es principalmente de naturaleza investigadora.
2) El juicio sobre las naciones que el “Juez Supremo” efectúa, utiliza a líderes paganos o naciones paganas para ejecutar sus sentencias. En este caso el juicio es mayormente de naturaleza ejecutiva.
3) La revisión en juicio de la conducta exterior y la actitud interior de los hijos de Dios que Dios mismo realiza.
4) Las tres instancias o momentos que ocurren, ya sea sucesiva o simultáneamente, en todo juzgar divino.
II. La justicia administrativa
Hay dos palabras hebreas que actualizan las ideas de juicio (mishpat) y justicia (din). (El verbo shafat expresa la idea de gobernar, juzgar.) Estudios semánticos recientes parecieran confirmar la idea de que din, en la mayoría de los casos donde ocurre, indica el acto del Juez de juzgar, mientras que mishpat es la decisión o veredicto que emite el Juez .[3] Las dos palabras hebreas mencionadas son igualmente predicadas de Dios como Juez de Israel y de todo el mundo (Sal. 36:6; Gén. 18:25; Sal. 94:1-15; 1 Crón. 16:33).
Ahora bien, es de Dios, el Juez Supremo, de donde los jueces humanos derivan sus poderes para juzgar (2 Crón. 19:4-6; Deut. 1: 17). La acción de juzgar no fue prerrogativa exclusiva de una clase determinada de hombres y mujeres. Sacerdotes, profetas y funcionarios, se sentaron para juzgar al pueblo. Los primeros gobernadores de Israel de hecho fueron conocidos como “jueces” y lo hicieron como instrumentos de Dios (1 Sam. 28: 6; Jue. 3: 9, 10; 4: 4, 5).
Debe observarse que los jueces humanos que administran esta justicia no son títeres que ejecutan mecánicamente las decisiones divinas. Ellos hacen uso de su propia inteligencia en actos de reflexión e interpretación y apelan a la investigación y a la judicación para arribar a sentencias que luego son ejecutadas en forma de sentencias judiciales (Exo. 18: 13-16; Lev. 24: 10-16; Núm. 12: 1-15; Jos. 7: 1-26)[4]
III. Juicio ejecutado sobre las naciones
Los ejemplos bíblicos son suficientes para sustentar el principio de que Dios “quita reyes y pone reyes” (Dan. 2: 21), y a las naciones “les ha prefijado el orden de los tiempos y los términos de la habitación de ellos” y “ha establecido un día en el cual ha de juzgar al mundo con justicia” (Hech. 17: 26, 31). Por medio de Asiria ejecutó castigo sobre Jerusalén y Samaría (Isa. 10: 5); por medio de Nabucodonosor castigó a Judá (Jer. 25: 4-12); y por medio de Ciro, quien fue “pastor” y “ungido” de Dios, castigó a Babilonia (Isa. 44: 28; 45: 1).
Estos poderes paganos probablemente desconocían que fueran los agentes divinos para ejecutar el juicio, pero el Espíritu de Dios los movió y ellos ejecutaron el juicio inapelable de la justicia divina. La ejecución del juicio sobre las naciones no es siempre realizada por medios políticos; a veces Dios destruye a las naciones por medios sobrenaturales.
IV. Revisión en juicio de la conducta de los hijos de Dios
Tenemos pruebas indubitables de la relación soberana que Dios sostuvo con respecto al hombre, y de sus intenciones de visitar en juicio toda rebelión del ser humano. La expulsión de Adán del Edén, la exterminación casi total de la raza humana en el diluvio, y la destrucción de las ciudades de Sodoma y Gomorra, demuestran la existencia de una ley divina. En todos esos casos, como en otros posteriores, la gracia reinó por medio de la justicia y la justicia llegó a explicitarse en la forma de juicio. Es sobre la base de la revelación continua de Dios que en el juicio de Dios los pecadores están sin excusa (Rom. 1: 18-20).
La Escritura insiste en que la actitud interior del hombre creyente, y sus acciones visibles serán revisadas en juicio por Dios (Ecl. 12: 13, 14). La insistencia de Pablo de que “el que me juzga, el Señor es’’ (1 Cor. 4: 3-5) confirma la aseveración de que “todos nosotros compareceremos ante el tribunal de Cristo” (2 Cor. 5:10), en el día en que “el Señor juzgará lo encubierto de los hombres” (Rom. 2: 16) y “la obra de cada uno” (1 Ped. 1:17).
Las Escrituras, como acabamos de ver, ratifican la esperanza del juicio introduciendo en él un factor moral, pero la base esencial de todo juicio divino es el celo del Señor, que mira por su gloria y por la santificación y vindicación de su nombre (Isa. 48:9-11, 18). La responsabilidad individual se basa en el carácter moral del castigo y la retribución (Amos 5:14, 15; Isa. 5:8-25; Mat. 12; 36, 37).
Un ejemplo que no debe olvidarse, en el que se hace patente la actitud divina de revisar la conducta es el de David, quien con frases llenas de patético colorido, describe en el Salmo 139 lo que él alcanzó a captar de la revisión en juicio que hizo de su vida el “Juez de toda la tierra”.
V. Las tres instancias en el juicio
Una observación detenida nos permite identificar tres instancias o momentos judiciales en toda revisión en juicio, cuando Dios juzga la conducta del creyente. Por razones de conveniencia vamos a usar la terminología sugerida por Berkhof al describir estas instancias.
A la primera instancia la llamaremos juicio investigador o cognitio causae, ya que es allí donde Dios toma conocimiento de la historia del hombre, incluyendo sus pensamientos y las intenciones más íntimas del corazón. No es que Dios mismo necesite de la investigación para estar informado. Él es omnisapiente, sin embargo, en su trato con los hombres ha usado y usa una metodología que parece ser más adecuada y se hace más comprensible para el hombre.
El carácter de juicio investigador que nosotros atribuimos al tribunal divino de Daniel 7: 7-14, convocado para tomar conocimiento de la causa que involucra al pueblo de Dios, se justifica. Los muchos ejemplos del Antiguo Testamento en que Dios mismo hace un “juicio investigador” se constituyen en antecedente formidable para justificar la posición que estamos describiendo. El primer “juicio investigador” mencionado en la Biblia es el de Adán y Eva y, aunque, como ya lo hemos adelantado, Dios es omnisapiente, descendió para investigar la conducta de la primera pareja (Gén. 3: 8-19).
Nótese la sucesión de preguntas hechas por Dios tendientes a investigar la conducta de la primera pareja. “¿Dónde estás tú?” “¿Quién te enseñó que estabas desnudo?” “¿Qué es lo que has hecho?” (Gén. 3:9-13). Esta “investigación” divina de la conducta de Adán se nos hace paradójica cuando la escudriñamos a partir de una lógica humana que afirma la omnisapiencia, pero no es paradójica si se la justifica a partir de la expiación. Después de la investigación viene la judicación en que Dios mismo proclama la sentencia y luego la ejecuta (Gén. 3: 13-19). Otro juicio investigador con caracteres similares al anterior ocurre con motivo de la conducta criminal de Caín (Gén. 4: 8-15). Tanto en el diluvio como en el caso de la torre de Babel, Dios “descendió para ver” (Gén. 6: 9-22; 11:5-9). El caso de Sodoma y Gomorra es definitorio, obsérvese que Jehová dijo “descenderé ahora, y veré si han consumado su obra según el clamor que ha venido hasta mí, y si no, lo sabré” (Gén. 18:21, la cursiva es nuestra). Luego, en el diálogo con Abrahán, éste le dice al Señor: “¿Destruirás también al justo con el impío?… El juez de toda la tierra, ¿no ha de hacer lo que es justo?” (Gén. 18:23, 25).
La existencia de libros en relación con el juicio atestigua en favor de una investigación y, aunque la frase “juicio investigador” no aparezca en las Escrituras, el concepto mismo queda firme. Llama la atención que las únicas siete referencias a libros relacionados con un juicio que aparecen en el Antiguo Testamento se aplican al pueblo de Dios (Exo. 32: 32; Sal. 56:8; 69:28; 139:16; Dan. 7:10; 12:1; Mal. 3: 16).
La sucesión temporal que ocurre entre la cognitio causae, “juicio investigador” y la sententiae executio o “ejecución del juicio” en algunos casos específicos de revisión en juicio de la conducta, se dramatiza en la liturgia del santuario con el día de la expiación o Yom Kippur (Lev. 23:27-32; 16:30-34; Heb. 10: 25-30; Dan. 8:14).
Entre las dos últimas instancias mencionadas, juicio investigador y juicio ejecutivo, hay una instancia intermedia a la cual llamaremos “juicio judicativo” o sententiae promulgatio. Berkhof no se equivoca cuando afirma que habrá una “promulgación de la sentencia”, y esta promulgación tiene carácter universal, de modo que la justicia divina, el carácter de nuestro Dios, quede vindicada en su totalidad y entonces la justicia y la gracia de Dios brillen en todo su esplendor por la eternidad.
La restauración final que Dios hace en Cristo es el resultado del amor eterno e infinito del Creador, cuya expresión culminante es la cruz. La muerte de Cristo fue el argumento irrefutable del amor divino en favor del hombre, porque la penalidad de la ley divina cayó sobre Dios mismo, con lo que quedó demostrado ante el universo que Dios es justo y el que justifica a todos los que creen en Jesús.[5] Así pues, la promulgación cósmica de la sentencia judicial en que se condena el pecado, se justifica al pecador y se vindica a Dios, ocurre inauguralmente en la cruz del Calvario, mientras que se consumará al fin de los tiempos como lo anticipa la revelación, comenzando en 1844 con el juicio investigador, durante el milenio con el judicativo y culminando con el ejecutivo al fin del milenio (Mat. 19: 28; 1 Cor. 6: 2, 3; Col. 2: 13-15; Dan. 7: 7-14; Apoc. 20: 11-15)[6]
Sobre el autor: es Jefe del Departamento de Religión del Colegio de las Antillas.
Referencias:
1] Arthur Wainwright, La Trinidad en el Nuevo Testamento (Salamanca, Secretariado Trinitario), pág. 129 ss.
[2] Juan Jacques von Allmen, “Juicio”, Vocabulario bíblico (Madrid, Edición Marova, 1968). 3
[3] G. J. Botterweck y Helmer Ringgren, Theological Dictionary of the Old Testament (Grand Rapids, Michigan, Wm. B. Eerdmans Publ. Co, 1978) t. 3, págs. 187- 194.
[4] 5 J. M. Fumess, Vital Words of the Bible (Grand Rapids, Michigan, Wm. B. Eerdmans Publ. Co., 1966), págs. 79, 80
[5] Salim Japas, Cristo en el santuario (Mountain View, California, PPPA, 1980), págs. 93-114.
[6] L. Berkhof, Teología sistemática (Grand Rapids, Michigan, Wm. B. Eerdmans Publ Co., 1974), pág. 880.